Decretan uso obligatorio de cubreboca en espacios públicos de Puebla

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Mediante un decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el gobierno estableció la obligatoriedad de usar cubre boca, mascarilla o cubierta facial en espacios públicos para prevenir la propagación de Covid-19 (coronavirus).

El decreto entró en vigor el pasado lunes 13 abril, ya que con ese día fue publicado en el Periódico Oficial. En el documento, se precisa también que todos los servidores públicos de la administración estatal deberán portar cubre boca, mascarilla o cubierta facial cuando se encuentren en funciones y en espacios públicos.

“Se establece, como medida de prevención para evitar la propagación del virus SARS-CoV2 (COVID-19) el uso de cubre boca, mascarilla o cubierta facial, que cubran la nariz y la boca, por todas las personas que se encuentren en los espacios públicos del Estado de Puebla. Asimismo, todos los servidores públicos de la Administración Estatal, deberán portar cubre boca, mascarilla o cubierta facial cuando se encuentre en funciones y en espacios públicos”, expone el decreto.

La disposición establece que, ya sea el cubre boca, mascarilla o cubierta facial, no debe obstaculizar la respiración; antes de colocarlo las personas se deben lavar las manos con un desinfectante a base de alcohol o bien, con agua y jabón; así como asegurarse que con este material no quedan descubiertas la nariz o la boca.

Entre las especificaciones, destaca que el cubre boca, mascarilla o cubierta facial de un solo uso no podrán reutilizarse; los que sean de tela podrán usarse más de una vez, siempre y cuando se laven cada vez que se humedezcan y no pierdan sus características originales con el lavado. Además, precisa que al desecharse se deberá poner en un recipiente cerrado.

Conforme a la nueva disposición, la Secretaría de Salud proporcionarán gratuitamente cubre bocas, mascarillas o cubiertas faciales en los lugares que la dependencia determine y el otorgamiento de los mismos estará sujeto a la normatividad que emita la administración, así como a la disponibilidad presupuestal.

“El personal de salud de la Administración Pública Estatal, deben aplicar las medidas de protección señaladas en las disposiciones conducentes de conformidad con sus actividades y la legislación y normatividad aplicable”, agrega.

Con información de El Sol de Puebla