La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional solicitar una carta de antecedentes no penales para poder realizar actividades de índole comercial o gubernamental.
De acuerdo con la sentencia de la Corte, este tipo de requisitos violan los principios de igualdad y no discriminación contenidos en el artículo primero de la Constitución de los Estados Unidos mexicanos.
Además determinó que va contra la libertad de trabajo, comercio o industria de las personas jurídicas y morales.
La Corte también resolvió que los congresos locales carecen de competencia para establecer como requisito que para acceder a un cargo público es obligatorio ser mexicano de nacimiento.
Esto, luego de que el congreso de Veracruz creara el Instituto Veracruzano de las Mujeres y estableciera que para ser coordinadora del refugio estatal era necesario ser mexicana de nacimiento.